Una tensión manifiesta entre la despenalización jurídica y social
El siguiente texto es una reflexión por parte de los autores con respecto a uno de los hitos en términos de la autonomía física de las mujeres en Colombia. La despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en tres situaciones particulares, a partir de la Sentencia C-355 de 2006 es sin duda uno de los eventos más relevantes en el siglo XXI en términos de legislación. Sin embargo, parece existir una tensión entre esta despenalización en términos jurídicos y la forma de ver este procedimiento en términos sociales.
Parece que en Colombia la IVE permanece como un tabú en lo público y lo privado en términos cotidianos, mientras que, en términos legislativos, la Corte Suprema de Justicia ha respondido ante un fenómeno que clamaba por ser atendido. Sin embargo, en un país con profundas raíces de herencia religiosa judeo-cristiana genera grandes afectaciones a la imagen de los representantes que se han mostrado siempre a favor de la decisión de las mujeres en este tema, por lo que su discusión en espacios como el Senado de la República ha sido siempre una discusión sin acuerdos finales. Se trata entonces de un recorrido y una revisión a la normatividad, el papel de los medios de comunicación y la forma en que la cultura en Colombia se ha adaptado, resistido y en algunos casos aceptado la despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en 3 casos específicos.
De la norma
De los medios
Desde 2006, cuando surgió el primer gran debate en torno a la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo hasta 2018 cuando se reavivó la discusión debido a la posibilidad de imponerle un límite temporal al acceso al procedimiento, se puede evidenciar el papel que han tenido los medios de comunicación en reflejar a través de sus artículos las opiniones de diferentes sectores de la sociedad colombiana con respecto a este tema.
A pesar de los intentos por parte de la iglesia católica y de movimientos laicos conservadores por impedir que se diera una despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo, la Corte Constitucional, adoptando un acercamiento basado en los derechos fundamentales y la salud pública, emitió la sentencia C – 355 de 2006, en la que hizo posible que las mujeres y niñas accedieran al procedimiento cuando la continuación del embarazo constituye peligro para su vida o su salud, cuando existe grave malformación del feto que haga inviable su vida fuera del útero y cuando el embarazo es el resultado de una conducta de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentido, o de incesto.
Tan pronto como se dio a conocer el contenido de esta sentencia, medios nacionales como El Tiempo, el Espectador y la Revista Semana publicaron artículos y columnas de opinión en los que se discutía la decisión de la Corte. En general, el cubrimiento abordó la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo bajo las tres causales establecidas como un avance en temas de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las niñas. Sin embargo, también se dieron a conocer las reacciones de reconocidos representantes de la iglesia católica e instituciones médicas lideradas por congregaciones religiosas, quienes argumentaron que la sentencia daría paso a que las mujeres “asesinaran a sus hijos, irrespetando la vida entendida desde el momento de la concepción”[1].
Pasados 12 años de la aprobación de la sentencia C – 355 de 2006, una ponencia de la Magistrada Cristina Pardo reavivó el debate sobre la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia. Pardo propuso que se delimitara el tiempo en el que las mujeres y niñas podrían acceder a una IVE, argumentando que después de las 24 semanas de gestación la vida del feto es viable fuera del útero.
Medios impresos nacionales como El Tiempo y El Espectador publicaron una serie de artículos en los que citaban a profesionales médicos y miembros de organizaciones de derechos humanos tales como Profamilia, el ICBF, el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad Dejusticia, Women’s Link Worldwide y la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, quienes explicaron las graves consecuencias que acarrearía fijar un tiempo límite para acceder al derecho fundamental a la IVE.
Además de tener un acercamiento académico y médico con respecto al tiempo prudente para realizar una interrupción del embarazo, este debate permitió que tanto la Corte Constitucional como los medios se preguntaran acerca de los avances y los vacíos que persisten desde 2006. Se encontró que, a pesar de que se establecieron tres causales bajo las cuales se puede exigir una interrupción voluntaria del embarazo, las mujeres y niñas de Colombia deben enfrentar una serie de barreras que les impiden acceder a sus derechos o que las llevan a realizarse el procedimiento en centros clandestinos, poniendo en riesgo su salud y su vida.
Dentro de los principales obstáculos reportados por los medios cabe resaltar la falta de información por parte de los funcionarios a las víctimas sobre sus derechos en situaciones de violación o incesto, los diagnósticos realizados de manera inoportuna, una periodo innecesariamente amplio y que supera los términos establecidos en dar respuesta a la solicitud, la falta de disponibilidad en los hospitales para llevar a cabo el procedimiento, el no reconocimiento por parte de proveedores médicos de certificaciones médicas sobre el riesgo para la vida o la salud de la mujer de profesionales que no pertenecen a su institución, la negación de los funcionarios a recibir denuncias de violencia sexual o a entregar copias de las denuncias, la interpretación restrictiva de la causal salud, la solicitud de requisitos adicionales a los que exigen las normas por parte de las instituciones médicas, las objeciones de conciencia colectiva por parte de un grupo de médicos para no hacer el aborto legal, los malos tratos a las mujeres que solicitan la IVF y las fallas de entrenamiento de los médicos y procedimientos[2].
Partiendo de lo anterior, es posible resaltar el papel que han tenido los medios utilizados para el análisis de prensa en el que se basa el presente artículo en la reivindicación de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y niñas colombianas. Esto se debe a que El Tiempo, El Espectador y Semana, los medios escritos de alcance nacional con mayor audiencia en nuestro país, han hecho posible a través de sus publicaciones que expertos jurídicos, médicos y ONG brinden información neutral y fáctica acerca de la situación de los derechos de las mujeres en Colombia, las barreras a las que se enfrentan para acceder a la IVE, los diferentes procedimientos a través de los cuales se puede interrumpir el embarazo y sus características, y los mecanismos a través de los cuales las mujeres pueden acceder a este derecho, entre otros.
Adicionalmente, es importante el rol que han tenido estos tres medios a la hora de documentar las violaciones de derechos que han sufrido las víctimas, la violencia a la que son sometidas y las situaciones que las han llevado a solicitar el procedimiento bajo las tres causales, pues esto permite humanizar a las mujeres y niñas que deciden realizarse una IVE, en lugar de mostrarlas como seres indolentes.
El hecho de que casi la totalidad de artículos y columnas de opinión que se publicaron en Semana, El Tiempo y El espectador con ocasión de las sentencias de 2006 y 2018 sean de carácter informativo y busquen darle una voz a expertos en el tema, la cual les permite desmentir los diferentes mitos que existen con relación a la IVE es un claro ejemplo de esto.
De lo Social
De acuerdo con cifras publicadas por el Ministerio de Salud en 2018, se estima que en Colombia se realizan hasta 400.000 abortos al año, de los cuales 99% se hacen en la clandestinidad[1]. Lo anterior es llamativo, ya que a pesar de que la mayoría de estos casos pueden ser cobijados bajo las tres causales legales, la desinformación y los obstáculos impuestos por el sistema de salud hacen que las mujeres accedan a la IVE de manera irregular, lo que se traduce a su vez, en un peligro para la salud y la vida.
La ONG Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres asegura que durante los 10 primeros años de entrada en vigor de la sentencia C-355 atendió cerca de 1.000 casos de mujeres que se enfrentaron con trabas para acceder a su derecho fundamental, pese a que cumplían una o varias de las causales[2]. De manera similar, según la Encuesta Nacional de Demografía y Salud de 2015, el 83,5 % de las mujeres y niñas colombianas no cuentan con información sobre sus derechos sexuales y reproductivos.[3]
Cabe resaltar que la Fiscalía General de la Nación ha explicado que, debido a que la interrupción voluntaria del embarazo sigue estando en el código penal como un delito que puede acarrear entre 3 y 6 años de privación de la libertad, cerca de 5.000 mujeres han sido judicializadas por aborto en los últimos 15 años.
En 2006, cuando se supo que la Corte Constitucional tomaría por primera vez una posición clara sobre la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia, diferentes movimientos religiosos y de la sociedad civil ejecutaron una serie de estrategias enfocadas en deslegitimar y tratar de impedir cualquier medida encaminada a permitirle a las mujeres y las niñas el pleno goce y disfrute de sus derechos sexuales y reproductivos. La prensa registró medidas como la recolección de firmas para solicitarle a la Corte que conservara el aborto como delito, la inclusión de la defensa de la vida del feto en los sermones religiosos y la publicación en periódicos de imágenes amarillistas de fetos agonizantes.
A todo lo anterior se le suman los múltiples casos de violencia obstétrica que desde 2006 han reportado los medios, los cuales incluyen diferentes estrategias adoptadas por las instituciones o el personal médico para evitar que las mujeres y niñas puedan gozar plenamente de sus derechos fundamentales. Este tipo de violencia en muchos casos representa una revictictimización, ya que constituyen tratos crueles inhumanos y degradantes a las mujeres durante el embarazo, parto o posparto.
En el especial de la primera década de la despenalización de la IVE que El Espectador publicó en 2016, se hizo un recuento de los principales mecanismos a los que médicos y enfermeras recurren para establecer obstáculos a aquellas mujeres que desean realizar el procedimiento o asignarles motes de asesinas por haber accedido a él.
Dentro de los tratos más degradantes que se han registrado desde la sentencia, resalta episodios de carácter infame como el de una mujer a quien amenazaron con ser denunciada ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para retirarle la custodia de su hijo mayor por haber solicitado una IVE, el de una niña que tuvo que permanecer dos semanas hospitalizada mientras una junta médica del hospital determinaba si aceptaba su solicitud a pesar de haber presentado la denuncia penal por violación, el de una mujer a quien una enfermera que le dejó el feto sobre la mesa de noche después de practicarle el procedimiento y el de una niña a quien las enfermeras le repetían que se iba a ir para el infierno mientras le acercaban bebés[4].
De manera similar, El Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad Dejusticia mencionó los casos de una niña víctima de violencia sexual a quien los jueces en primera y segunda instancia le negaron el derecho a la IVE por no probar que su estado de embarazo fuese resultado de acceso carnal violento, y el de una mujer a la que la EPS le exigió confesarse y realizar una misa para el feto a cambio de practicar la IVE[5].
Además de los obstáculos impuestos por algunos miembros del sector salud, diferentes movimientos políticos, esgrimiendo como argumentos los principios éticos y morales derivados de sus creencias religiosas, han tratado de frenar los avances logrados por la Corte en términos de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y niñas colombianas.
El caso más emblemático es el de la magistrada Cristina Pardo, quien presentó una ponencia que pretendía reducir el plazo límite para practicarse una IVE a 24 semanas de gestación debido a que, según ella, a partir de ese periodo el feto logra una viabilidad autónoma. Adicionalmente, en su propuesta Pardo argumentó que permitir la IVE en casos de graves malformaciones del feto equivale a afectar la dignidad y tratar de manera discriminatoria a las personas con discapacidad, al negarles el derecho a la vida.
Las afirmaciones de la magistrada, ampliamente replicadas en medios, se erigen como un insumo más en la mezcla de desinformación que tienen las mujeres y niñas en Colombia con respecto al IVE. Por un lado, desconocen que la causal en discusión permite la IVE cuando las malformaciones hacen inviable la supervivencia del feto, lo que quiere decir que, en lugar de un caso de discriminación, se está evitando una práctica ineficiente y absurdo como lo es proporcionar cuidados paliativos hasta que muera a un ser sin expectativas de tener una vida autónoma, esto evidentemente puede convertirse a largo y medio plazo en un agravio para la integridad psicológica de la potencial madre.
Por otro lado, la ponencia de Pardo pasa de lado algunas condiciones relevantes para entender este fenómeno social, como por ejemplo que las mujeres que acceden a la IVE después de las 24 semanas de gestación suelen hacerlo debido a la imposición de obstáculos administrativos, que a su vez afectan el desarrollo del procedimiento en los tiempos estipulados por la Ley y, en consecuencia, obtienen una autorización para acceder al procedimiento cuando su estado de embarazo ha avanzado. En general, son mujeres de escasos recursos, mujeres que habitan en zonas rurales, o que desconocen los derechos que las amparan.
De acuerdo con un estudio llevado a cabo por el Grupo Médico por el Derecho a Decidir, el 81% de los casos en los que las mujeres solicitaron la IVE bajo alguna de las 3 causales después de la semana 12 de gestación corresponde a aquellas que debieron enfrentarse con algún tipo de barrera física, legal o administrativa. Además, como lo mencionó la abogada Mónica Roa en El Espectador, la mayoría de las solicitudes de IVE presentadas en Colombia después de las 24 semanas corresponden a un embarazo por incesto[6].
Lo anterior se contrasta con las opiniones de quienes aseguran que limitar el tiempo para acceder a una IVE puede llegar a vulnerar los derechos fundamentales a la salud, la vida, la dignidad y la integridad de las mujeres y niñas, a constituir un acto de discriminación contra la mujer o a acarrear tratos crueles e inhumanos (además de los ya denunciados). Dentro de las principales voces pro derechos, además de las diferentes ONG colombianas e internacionales dedicadas a la lucha por esta causa, se destacan juristas de relevancia nacional como el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alejandro Linares, al magistrado José Fernando Reyes y al defensor del pueblo Carlos Negret.
El papel que han tendido los medios al replicar este tipo de opiniones y conceptos ha sido fundamental para lograr un avance en términos de acceso a la información y a los derechos. Si bien a lo largo del tiempo la óptica adoptada por los medios con respecto a la interrupción voluntaria del embarazo ha sido informativa, centrándose en afirmaciones fácticas y evitando caer en estereotipos e ideas erróneas, se puede evidenciar un avance entre 2006 y 2018. Lo anterior se debe a que los grupos religiosos perdieron protagonismo en el cubrimiento y aumentó la relevancia de replicar los diferentes hallazgos académicos presentados por organizaciones especializadas en temas de salud y de derechos humanos.
Reflexiones finales
“Esta condición ambivalente en que los cuerpos de las mujeres son públicos o privados de acuerdo al espacio y el tipo de acciones que se toman, la IVE es sin duda un avance significativo, puesto que se reivindica la toma de decisiones por parte de las mujeres ante un hecho que afecta de manera directa su corporeidad.”
A manera de conclusión, es posible evidenciar una condición ambivalente de los cuerpos de las mujeres en la sociedad colombiana, puesto que al abordar un tema tan complejo como la Interrupción Voluntaria del Embarazo se entienden los cuerpos femeninos como un tema público sobre el que el llamado “Estado de Opinión” puede generar juicios, así como convocar movilizaciones por parte de distintos movimientos sociales. En tanto, las mujeres siguen siendo vistas como cuidadoras y se les asigna en muchos casos las labores del cuidado y reproducción de la cultura.
Esta condición ambivalente en que los cuerpos de las mujeres son públicos o privados de acuerdo al espacio y el tipo de acciones que se toman, la IVE es sin duda un avance significativo, puesto que se reivindica la toma de decisiones por parte de las mujeres ante un hecho que afecta de manera directa su corporeidad. Se trata sin duda de un avance que se enfrenta a un hecho que ha sido ampliamente analizado por parte de las ciencias sociales y es que los cambios sociales se generan a una velocidad menor a los cambios legislativos y por ello uno de los retos más grandes de los cambios legales yace en su proceso de pedagogía.
Es inevitable pensar en estos cambios como la apertura de la escuela a las mujeres, su acceso al voto y varios ejemplos más ante los que se ha visto el acceso a los derechos como un ataque a los “principios” de la familia y demás argumentos ante los que las tradiciones y la familia se convierten en una especie de atadura de las mujeres a unos comportamientos determinados que conforman el status quo son entendidos como naturales y que sin duda son atribuidos por una estructura social y cultural que se ha incrustado en el territorio conocido como Colombia.
A pesar de que la Corte Constitucional ha adoptado una óptica que promueve la equidad de género y reconoce la interrupción voluntaria del embarazo como un derecho fundamental enfocado en garantizarle la autonomía y la autodeterminación reproductiva a las mujeres y niñas en nuestro país, los imaginarios, preconceptos y preferencias religiosas arraigadas en la cultura colombiana siguen representando una barrera enorme a la hora de gozar plenamente de los derechos sexuales y reproductivos, pues hacen que se entienda la IVE como una práctica ilegal, cruel, pecaminosa y egoísta cuyo fin último es el de acabar con una vida inocente.
Se evidencia entonces un contraste entre el contenido prestacional del derecho y el acceso que tienen las mujeres y niñas al mismo, en tanto la percepción de la interrupción voluntaria del embarazo como una práctica inmoral lleva a que los funcionarios judiciales, médicos e incluso su entorno social las estigmatice por querer acceder a este derecho. De estos prejuicios se derivan comportamientos discriminatorios y hostiles, los cuales a su vez pueden generar una revictimización.
Cuando los funcionarios públicos justificados en sus preceptos morales incumplen con su deber legal de brindar información completa sobre el contenido del derecho o de garantizar el disfrute del mismo, se da paso a prácticas de discriminación en función del género, dado que se violentan los derechos de las mujeres a la igualdad y a la libertad. Por un lado, se les da un trato desigual y discriminatorio al negarles un servicio de salud que solo ellas necesitan, y por otro lado se les niega la libertad de decidir sobre la posibilidad de ser madres y sobre las consecuencias de su embarazo.
La construcción social del rol de las mujeres como madres y amas de casa resultante de desigualdades de género estructurales impide que se les vea como seres autónomos capaces de decidir sobre sus cuerpos y su propio proyecto de vida, incluida la decisión de tener o no hijos, dado que se espera de ellas que antepongan los intereses de su familia a los personales. Sin embargo, las cifras acerca de las IVE que se realizan en Colombia demuestran que cuando las mujeres tienen la posibilidad de decidir, eligen la opción que les garantiza cumplir con sus expectativas personales y que les asegura una salud entendida, en términos de la sentencia C-355, como un bienestar tanto físico como mental y social.
El hecho de que 13 años después de la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo bajo las tres causales sigan existiendo barreras socioculturales que dificultan el acceso a este derecho no se traduce en una disminución de la cantidad de mujeres y niñas que deciden realizarse el procedimiento, sino en un riesgo para la salud y la vida de quienes se ven obligadas a hacerlo de manera irregular.
El promedio de las familias colombianas, marca la estadística con fuerza, pues nos muestra miles de familias compuestas por una madre cabeza de familia, muchas familias con una madre y con un padre lejano, que generan la sensación de ausencia de un rol de poder concreto. Razón por la cual el rol de mujer fuerte persigue constantemente a muchas niñas y mujeres, lo cual hace que todo el mundo asuma que a estas mujeres no les haya afectado el machismo y la desigualdad de género. Sin embargo, la heteronormatividad cruza todos los espacios su crianza, pues siempre queda la sensación de necesitar la aprobación de un hombre como figura de autoridad.
Siempre, como dice Oyéronké Oyewùmi (1997), hemos caído en la trampa de definirnos en relación con el otro. Pero ¿cómo podemos empezar a definirnos desde nosotros mismos? Creo que esa es una tarea que intentan hacer los feminismos, no en la búsqueda de una identidad esencialista, pero si en la búsqueda de la libertad y la autonomía, de un nuevo camino ¿cómo abrir ese nuevo camino?
Este es el momento en el que la reflexión empieza a generarme una conciencia individual, a través de mis experiencias de vida, y como autora de este artículo. Hasta hace muy poco me di cuenta que crecí y viví con la sombra de un otro, que aparentemente me completaba, y que le daba sentido a mi existencia, ese otro de poder masculino y autoridad legitimada, ese sentido de existencia que no es propio, sino impuesto. Hoy creo firmemente como persona atravesada por todas las coyunturas que hacen parte de mi vida, luego de toda una investigación teórica, que la expresión ‘castrante’ es machista, pues ese significado, a pesar de su referencia fálica, logra ejemplificar lo que se ha hecho con las experiencias femeninas, invalidantes y silenciadoras, que han buscado debilitar y desposeer de sus habilidades autónomas e independientes a todas las mujeres; esto reproduce la dependencia al sistema de poder patriarcal y paternalista.
También, bajo la categoría mujer se me han impuesto numerosas cargas, claramente he sido afortunada en comparación de otr@s compañer@s que enfrentan el yugo del sistema. Me ha quedado muy claro que no es lo mismo ser una mujer en Bogotá que una mujer en las zonas rurales. He estado en un espacio que me ha brindado educación y oportunidades, así mismo me ha enseñado a seguir determinados caminos, y valerme por mi misma. Siento que la dependencia que me han enseñado ha sido más de índole emocional que económico, como también político. Las feministas marxistas y de color logran dar una perspectiva más amplia en las opresiones, logran hacerlas personas y caras, más allá, las feministas chicanas y lésbicas logran hacer sentimientos y emociones de las opresiones; trascienden las reflexiones teóricas que me brindan autoras europeas y norteamericanas y las vuelven experiencias vividas y encarnadas. En esta medida, siento que me uno a las voces que rechazan la opresión, me siento parte de quienes se expresan sin miedo, y en contravía de lo establecido, y entiendo que nos quedan por identificar muchas otras que debemos visibilizar.
Para concluir, pienso que la lucha la debemos todos y todas, no importa si somos mujeres u hombres, no importa nuestra clase, nuestra raza ni nuestro lugar en el mundo. Conseguir equidad de género jamás será una tarea fácil, pero tampoco puede ser una guerra de géneros; es por esto que la pregunta: ¿qué significa ser mujer? Puede llegar a ser irrelevante si no tiene como único objetivo reivindicar y exponer nuevas formas de generar relaciones culturales de poder.
Autores: Natalia Noriega Serrano y Héctor Ricardo Vargas
Natalia Noriega, Voluntaria – Investigadora. Internacionalista de la Universidad del Rosario, candidata a especialista en Derechos Humanos y DIH en la Universidad Externado. Con experiencia en análisis de conflictos armados no internacionales, violaciones de derechos humanos e infracciones al DIH. Experiencia en análisis y monitoreo de medios.
Héctor Ricardo Vargas, Investigador Senior en fundación Cideem, Investigador del grupo de patrimonio del ICANH. Antropólogo, magister en estudios de familia de la Universidad Externado.
BIBLIOGRAFÍA
Este análisis se realiza a partir de la revisión de prensa de carácter nacional con respecto a esta temática, así como la creación de líneas jurisprudenciales para conocer de manera amplia el fenómeno a analizar[1].
[1] Esta revisión de prensa se hizo en El Tiempo, El Espectador y Revista Semana. Se analizaron todos los artículos que se publicaron entre las dos semanas previas y las dos posteriores a la adopción de las sentencias de 2006 y 2018
[1] https://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-2023968
[2] https://www.eltiempo.com/justicia/cortes/las-barreras-que-siguen-afrontando-las-mujeres-para-un-aborto-legal-en-colombia-282786
[1] https://www.elespectador.com/noticias/judicial/analisis-una-propuesta-academica-para-legalizar-el-aborto-en-colombia-articulo-819889
[2] https://www.eltiempo.com/justicia/cortes/corte-constitucional-mantiene-el-aborto-sin-limites-de-tiempo-282466
[3] https://www.eltiempo.com/opinion/columnistas/claudia-palacios/mujer-en-primer-lugar-antes-de-pensar-en-los-demas-285292
[4] https://www.elespectador.com/static_specials/23/despenalizacionaborto/01.html
[5] https://www.semana.com/nacion/articulo/aborto-en-colombia-corte-estudia-ponencia-paralimitarlo/586786
[6] https://www.elespectador.com/opinion/editorial/el-aborto-resiste-al-populismo-y-ladesinformacion-articulo-818654
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